Proceso Liquidación

Qbica Constructores SAS – Respuesta requerimiento Auto 2022-06-005597 Septiembre 07 de 2022  

Con auto de la referencia, la Superintendencia de Sociedades requirió al liquidador, respecto de la
Calificación y Graduación de Créditos y Derechos de Voto, presentado con radicado 2022-01-
587938 del 2 de agosto de 2022, así: “REQUERIR al auxiliar de justicia JOSÉ ALIRIO VELOZA ARANGO, liquidador de la
sociedad QBICA CONSTRUCTORES S.A.S EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL, para que en el término de ocho (8) días siguientes a la
notificación de la presente providencia, realice las correcciones a que haya lugar, complementando la información requerida de
acuerdo a las observaciones expuestas en la parte considerativa de esta providencia”.

Qbica Constructores SAS – Alcance Respuesta requerimiento Auto 2022-06-005597 Septiembre 07 de 2022  

Alcance Respuesta. Requerimiento Auto 2022-06-005597 de septiembre 7 de 2022. Proceso de Liquidación Judicial QBICA CONSTRUCTORES SAS. NIT 900.416.735 Exp. 82758. Actualización Calificación y Graduación de Créditos y Determinación de Derechos de Votos en proceso de Reorganización. Proyecto Calificación y Graduación de Créditos y Determinación Derechos de Voto en Proceso de Liquidación Judicial.

Qbica Constructores SAS – Inscripción medida cautelar embargo Oficina Registro Instrumentos Públicos Piedecuesta

En mi condición de liquidador del patrimonio de la sociedad QBICA Constructores S.A.S., en liquidación
Judicial, Nit 900.416.735-6, de acuerdo con las instrucciones y ordenes impartidas por la superintendencia
de sociedades en Auto 428-005832 de 22-04-2022, solicito a la oficina de instrumentos públicos de Pie de
Cuesta, inscribir la medida cautelar de embargo según lo ordenado en los numerales Décimo, Décimo
primero y Décimo segundo, del auto 428-005832,

Qbica Constructores SAS – Notificación Jueces, autoridades jurisdiccionales, notarias, cámaras de comercio, fiduciarias y juzgados

En cumplimiento de lo ordenado en auto 2022-01-295969 de abril 22 de 2022, numerales Vigésimo, Vigésimo Primero y Trigésimo séptimo del resuelve, estoy presentando la prueba del cumplimiento de la notificación a todos los jueces y autoridades jurisdiccionales, Notarias, Cámara de Comercio, Fiduciarias, y a los Juzgados en los cuales se tramitan procesos judiciales en contra de la concursada.